miércoles, 21 de octubre de 2009

¿ERES VÍCTIMA DE ACOSO PSICOLÓGICO?




El investigador Iñaki Piñuel propone el empleo de la denominada Escala Cisneros para que uno mismo pueda valorar si está siendo sometido a acoso psicológico o mobbing. La forma de responder es verdadero o falso. Este instrumento es muy interesante, ya que el sentimiento que tienen muchos policías de estar siendo acosados psicológicamente – ya sea por compañeros o por superiores -, a veces se confunde con pensamientos como "estaré exagerando", etc. Además, esta sensación de ser víctima de mobbing puede quedar neutralizada – que no eliminada – cuando comentamos este hecho con alguien de nuestra confianza dentro del cuerpo y nos dice que son imaginaciones nuestras, que sólo son bromas, etc. A partir de aquí, el sentimiento de soledad puede ser absoluto. Podéis autoadministraros este cuestionario. Si el resultado es un alto porcentaje de respuestas verdaderas, entonces, tenemos un problema.
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1. Mi superior restringe mis posibilidades de comunicarme, hablar o reunirme con él.
2. Me ignoran, me excluyen o me hacen el vacío; fingen no verme o me hacen "invisible."
3. Me interrumpen continuamente impidiendo expresarme.
4. Me fuerzan a realizar trabajos que van contra mis principios o mi ética
5. Evalúan mi trabajo de manera inequitativa o de forma sesgada.
6. Me dejan sin ningún trabajo que hacer, ni siquiera a iniciativa propia.
7. Me asignan tareas o trabajos absurdos o sin sentido.
8. Me asignan tareas o trabajos por debajo de mi capacidad profesional o mis competencias.
9. Me asignan tareas rutinarias o si valor o interés alguno.
10. Me abruman con una carga de trabajo insoportable de manera malintencionada.
11. Me asignan tareas que ponen en peligro mi integridad física o mi salud a propósito.
12. Me impiden que adopte las medidas de seguridad necesarias para realizar mi trabajo con la debida seguridad.
13. Se me ocasionan gastos con el fin de perjudicarme económicamente.
14. Prohíben a mis compañeros o colegas que hablar conmigo.
15. Minusvaloran y echan por tierra mi trabajo no importa lo que haga.
16. Me acusan injustamente de incumplimientos, errores, fallos, inconcretos y difusos.
17. Recibo críticas y reproches por cualquier cosa que haga o decisión que tome en mi trabajo.
18. Se amplifican y dramatizan de manera injustificada errores pequeños e intrascendentes.
19. Me humillan, desprecian o minusvaloran en público ante otros colegas o ante terceros.
20. Me amenazan con usar instrumentos disciplinarios (rescisión de contrato, expedientes, despido, traslado).
21. Intentan aislarme de mis compañeros dándome trabajos o tareas que me alejan físicamente de ellos.
22. Distorsionan malintencionadamente lo que digo o hago en mi trabajo.
23. Se intenta buscarme las cosquillas para "hacerme explotar."
24. Me menosprecian personal o profesionalmente.
25. Hacen burla de mí o bromas, intentando ridiculizar mi forma de hablar, de andar.
26. Recibo feroces e injustas críticas acerca de aspectos de mi vida personal.
27. Recibo amenazas verbales o mediante gestos intimidatorios.
28. Recibo amenazas por escrito o por teléfono en mi domicilio.
29. Me chillan o gritan, o elevan la voz para intimidarme.
30. Me zarandean, empujan o avasallan físicamente para intimidarme.
31. Se hacen bromas inapropiadas y crueles sobre mí.
32. Inventan y difunden rumores y calumnias acerca de mí de manera malintencionada.
33. Me privan de información imprescindible y necesaria para hacer mi trabajo.
34. Limitan malintencionadamente mi acceso a cursos, promociones, ascensos.
35. Me atribuyen malintencionadamente conductas ilícitas o antiéticas para perjudicar mi imagen y reputación.
36. Recibo una presión indebida para sacar adelante el trabajo.
37. Me asignan plazos de ejecución o cargas de trabajo irrazonables.
38. Modifican mis responsabilidades o las tareas a ejecutar sin decirme nada.
39. Desvaloran continuamente mi esfuerzo profesional.
40. Intentan persistentemente desmoralizarme.
41. Utilizan varias formas de hacerme incurrir en errores profesionales de manera malintencionada.
42. Controlan aspectos de mi trabajo de forma malintencionada para intentar "pillarme en algún renuncio."
43 Me lanzan insinuaciones o proposiciones sexuales directas o indirectas.

lunes, 12 de octubre de 2009

INTERROGANDO A TESTIGOS: ¿SE PIERDEN PARA SIEMPRE LOS RECUERDOS ORIGINALES?


Consideremos lo siguiente. Un testigo dispone de una información sobre determinado hecho delictivo. En el proceso de prestar declaración puede haber nueva información que se añada a la que ya conoce, ya sea por los medios de comunicación, por comentarios de la policía, etc. ¿Qué ocurre con el recuerdo original?


La investigadora norteamericana Loftus asume que cuando se produce un cambio en la memoria sobre una información que tenemos almacenada, se pierde el recuerdo original para siempre y permanece el nuevo recuerdo modificado. Sin embargo, autores como Bekerian sugieren que el recuerdo original todavía existe, pero que el problema es acceder a él. Hasta el momento, hay varias teorías que tratan de explicar las transformaciones de la memoria.
La teoría de Loftus se denomina hipótesis de alteración. El recuerdo no se puede recuperar porque, simplemente, ya no existe. El original ha sido alterado o transformado en un nuevo recuerdo (a veces, un recuerdo de compromiso) hasta el punto de que se pierde el original para siempre. Loftus argumenta esta teoría en el hecho de que incluso empleado incentivos, hipnosis, etc., se consigue muy poco éxito para recuperar los recuerdos originales.
Si la hipótesis de alteración de Loftus es correcta, ello conlleva serias implicaciones para los investigadores de la policía. El tema es que, si se ha proporcionado a un testigo información adicional sobre un incidente, es probable que su recuerdo original quede contaminado. Será importante para el agente de policía establecer si el testigo ha comentado el incidente con otras personas o si ha visto algún informe sobre el caso en la TV, etc. El policía también debe ser consciente de que su propia manera de preguntar puede, en sí misma, contaminar el recuerdo original.
Una teoría alternativa es la denominada hipótesis de coexistencia. Como su nombre indica, la teoría sugiere que, tanto el recuerdo original como el modificado coexisten en el sistema de memoria y ambos pueden recuperarse. Los defensores de esta teoría señalan el hecho de que a veces es posible recuperar algunas partes del recuerdo original, incluso tras haber presentado información engañosa. Sugieren también que el fracaso en la recuperación puede ser temporal. El problema aquí puede ser que es más fácil acceder a los recuerdos recientes que a los distantes. Esto es similar al llamado “Efecto Reciente”. Esta teoría de la coexistencia es más optimista en lo que se refiere a la recuperación de los recuerdos originales. Implica que los agentes de policía, al entrevistar a un testigo, deben intentar persuadirle para que regrese mentalmente a la escena del crimen, en lugar de que sólo intente recordar todo lo que pueda del incidente.
Una forma específica de la teoría de la coexistencia es la teoría del encabezamiento de registros. Esta teoría sugiere que la información se presenta en unidades de memoria llamadas “Registros” y que cada unidad está encabezada por una clave de acceso o “Encabezamiento”. Los encabezamientos permiten la recuperación de un recuerdo al describir la información contenida en el registro.
Cuando busca un recuerdo concreto, la persona intenta emparejar la descripción de un registro con un encabezamiento apropiado. El efecto de desinformación ocurrirá cuando el registro encabezado de la información original es menos accesible que el registro encabezado de la información engañosa. En otras palabras, la persona puede tener dos recuerdos diferentes, uno de los cuales es más reciente “y más cerca de la superficie” o que destaca más. Ya que la persona no puede distinguir entre el encabezamiento del registro original o de la información engañosa, comete el error de recuperar la información más reciente de los sucesos. Este punto de vista sugiere que el policía podrá recuperar con mayor probabilidad el recuerdo original si es cuidadoso y específico en sus preguntas al testigo.
Otra explicación que se ha propuesto tiene que ver con la atribución de la fuente. Esta teoría sugiere que la información engañosa engaña al sujeto porque se crea una confusión en relación a la fuente de información. De acuerdo con esta teoría el efecto de desinformación ocurre porque el sujeto confunde la fuente de la información original y la de la información engañosa. Así, la fuente de la información engañosa se atribuye (de forma incorrecta) al suceso del que se ha sido testigo originalmente. De acuerdo con este punto de vista, un testigo que escucha a otro testigo lo que le dijo el conductor de un coche, puede después creer que su recuerdo se basa en haber escuchado la conversación de primera mano (no de segunda).
Al igual que con la teoría del encabezamiento de registros, la teoría de la atribución de la fuente puede explicar por qué es más probable que las personas recuerden la desinformación en lugar de la información original. Ya que la primera destaca más en la memoria, se supone que forma parte del evento original de que se ha sido testigo. Los seguidores de esta teoría han intentado abordar el problema de la desinformación adoptando un enfoque de monitoreo de la fuente. Se anima a las personas a pensar y monitorizar la fuente de cualquier información que recuerden. Los resultados de estos estudios son mixtos, pero parecen demostrar que incluso cuando se instruye a las personas a monitorizar cuidadosamente la fuente de la información, todavía son vulnerables a la información engañosa. El problema suele ser que las personas no siempre pueden recordar correctamente la fuente de información para cada trozo de recuerdo.
Algunos de los problemas asociados a la Atribución de la Fuente podrían evitarse si quienes tienen la tarea de entrevistar a los testigos, como mínimo, están al tanto de este fenómeno. Puede tener algún efecto instruir al testigo para que piense cuidadosamente en la fuente de sus recuerdos “originales.” También puede ayudar, no sólo preguntar al testigo, sino también a otras fuentes de información a las que haya podido estar expuesto para identificar a aquellos que es más probable que experimenten dificultades con la Atribución de la Fuente.

domingo, 4 de octubre de 2009

EL SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL (SAP)



Este síndrome fue descrito inicialmente por Gardner en 1985, y lo definió como un trastorno surgido en situaciones de custodia disputada, y que se manifiesta en el menor que lo padece como una campaña de denigración contra el progenitor rechazado. Se establece así una dicotomía radical entre el padre “bueno” y el padre “malo” que puede tener nefastas consecuencias en la relación parentofilial. El auge de las separaciones – aunque estas épocas de crisis hayan sido testigos de un disminución por vez primera – ha llevado a que las partes enfrentadas suelan utilizar este síndrome como argumento contra la otra parte.
Alrededor de 90.000 parejas se separan cada año en España, y un tercio de las separaciones contenciosas provoca graves consecuencias para los hijos durante toda su vida. Normalmente, el SAP es un proceso en el que uno de los progenitores – normalmente el que tiene la guarda custodia – inculca el odio en el niño para que rechace al otro progenitor.
Puede parecernos extraño que un padre o una madre quieran hacer “conscientemente” daño a sus hijos, que, en principio, es lo que uno más quiere en esta vida. Sin embargo, no debemos valorar esta actitud como un deseo consciente de uno de los progenitores a hacer daño al niño, sino que tales comportamientos suelen tener su origen en las dificultades que muestran algunos padres o madres a la hora de resolver los conflictos que tienen entre ellos. El niño/a se convierte así en el vehículo de solución de sus problemas.
Este proceso puede iniciarse en cualquier momento tras la separación. Un detonante puede ser que uno de los ex cónyuges intente rehacer su vida sentimental con otra persona o que el progenitor alienador sienta que ha perdido parte de su papel con su hijos (que ha pasado a segundo o tercer lugar).
A partir de aquí, el progenitor alienador puede marcarse como objetivo alejar a los hijos del otro progenitor, y para ello comienza a influir en ellos de manera negativa hacia la otra persona. Es ésta unja actitud muy destructiva para el niño, pues se le somete a una batalla de lealtades en la que se le exige su posicionamiento en todo momento (“estás conmigo o contra mí”) fruto de este “lavado de cerebro”, de la presión ejercida, se ha constatado que el niño puede olvidar episodios vividos o incluso afirmar haber vivido otros que no son ciertos. En casos extremos de SAP el niño puede llegar incluso a afirmar haber sido maltratado por su padre, no siendo esto verdad en absoluto.
Este proceso culmina cuando el hijo o la hija a cargo del progenitor que tiene la custodia ya no quiere estar con el otro progenitor y su familia. Puede llegar incluso a insultarlo. El progenitor alienado tiene que aguantar los continuos desprecios e, incluso, soportar denuncias de maltrato hacia la ex pareja o de abusos a sus hijos.
Un buen número de intervenciones policiales tienen que ver con discusiones entre parejas ya separadas relacionadas con la relación con los hijos. Muchos padres y madres (aunque es mayor el número de padres, ya que en nuestro país, sin razones científicas que lo avalen, todavía se sigue entregando la guarda custodia a las madres) terminan actuando con violencia verbal o física ante la situación de indefensión y desesperación en la que se encuentran. Con ello sólo terminan dando la razón al progenitor alienador que, de cara a la sociedad y al agente que ha venido alertado por la situación, tiene ahora “pruebas” que mostrar.
En todo este entramado se olvida que la auténtica víctima de la triste situación es el propio niño, que ve cómo se afecta seriamente su desarrollo psicoafectivo. Para estropear más las cosas, pensemos en la lentitud con la que la Justicia aborda éste y otros muchos temas.